sábado, 8 de marzo de 2014

Comparecer, o no. He aquí la cuestión.

Para no comparecer: “Tienes dos opciones para no comparecer (díjomelo ella toda llena razón; y conste que ella no es cualquiera persona, no): puedes no comparecer  en el plazo estipulado y entonces se da por hecho que no compareces; o bien puedes presentar un escrito, dentro del plazo estipulado, diciendo que no compareces”… personalmente me sonó igualitamente a “la parte contratante de la primera parte…”

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